Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
21-12-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171221-196

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 4

196
Santa Cruz de Tenerife número 4. Procedimiento 379 de 2017, notificación a Alakai Telecom, S. L.

EDICTO

D. Francisco Martín Ortega, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Nº 4 DE Santa Cruz de Tenerife, hago saber: Que en procedimiento tramitado en este Juzgado al número 379/2017, a instancia de D. Manuel Bustos López y Dña. Francisca Esther Botias Navarro contra Alakai Telecom, S.L. y Fogasa, se ha dictado sentencia Nº 390/17 de fecha 28/11/17, cuya parte dispositiva es la siguiente:

«(...) FALLO

Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Don Manuel Bustos López y Doña Francisca Esther Botias Navarro, asistido por el letrado Doña Ithaisa Ruiz Hernández, frente a Alakai Telecom SL, sobre DESPIDO, debo declarar y declaro:

Declaro la improcedencia del despido de los trabajadores Don Manuel Bustos López y Doña Francisca Esther Botias Navarro llevado a cabo con fecha 4 de abril de 2017. Y en consecuencia debo condenar y condeno a dicha empresa demandada a estar y pasar por esta declaración, y a que opte entre la readmisión de los trabajadores en las mismas condiciones que ostentaba con anterioridad al despido, con el abono de los salarios dejados de percibir, o elabono de una indemnización de 16.613,98 euros y 4.723,40 euros respectivamente.

Declaro la obligación del FOGASA de estar y pasar por el contenido y fallo de esta sentencia, con respeto a la misma, ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria que le corresponde.

Condeno a la empresa demandada a pagar al actor, en concepto de1 salarios dejados de percibir, la cantidad siguiente: a Don Manuel Bustos López y Doña Francisca Esther Botias Navarro, 9.652,14 euros y 4.597,9 euros respectivamente, cuantía que devengará el 10% de interés de mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por medio de este Juzgado dentro del plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de la notificación de la misma.

Adviértase al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado, con número 3797-0000-65-0379-17, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósito y Consignaciones también abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En caso de realizar el ingreso por transferencia el número de cuenta corriente con veinte dígitos es 0049-3569-92-0005001274 debiendo consignar obligatoriamente en el campo “Observaciones” o “Concepto” la cuenta-expediente indicada de dieciséis dígitos. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo (...)».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Alakai Telecom, S.L., en ignorado paradero, y haciéndole saber que las resoluciones íntegras se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para su publicación en el BOProv. de Madrid.

En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de noviembre de 2017.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/40.108/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171221-196