Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
21-12-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171221-128

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

128
Madrid número 12. Ejecución 171 de 2017, notificación a Julio Antonio Tinaquero Herrero y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Ejecución 171/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VIRGINIA ROBLES MOYA frente a D./Dña. JULIO ANTONIO TINAQUERO HERRERO sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de Embargo de bienes inmuebles cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda:

a) El embargo del bien/es inmueble/es que se describe/n:

• FINCA sita EN MADRID 5 Nº 70195 CON REFERENCIA CATASTRAL 0261309VK4706A0059FS, IDUFIR 28092000247772, inscrita al folio 133, Tomo 2252 del Registro de Propiedad de Madrid nº5.

• FINCA sita EN SATIUSTE DE SAN JUAN BAUTISTA Nº 8325, REFERENCIA CATASTRAL40221A001005130000GP POLIGO 1 PARCELA 513, IDUFIR 40003000376074. Inscrita en el Registro de la Propiedad de SANTA MARIA LA REAL DE NIEVA

Como propiedad la primera de las fincas de D./Dña. JULIO ANTONIO TINAQUERO HERRERO y de Dª MARIA DE LA PURIFICACIÓN TORMO GONZALEZ-ROMAN, casados, en régimen de gananciales y la segunda finca como propiedad al (25%) de D. JULIO ANTONIO TINAQUERO HERRERO, de Dª JUANA INES TINAQUERO SOBLECHERO, de Dª ANA MARIA TINAQUERO HERRERO y de D. VIRGILIO TINAQUERO HERRERO, para responder de la cantidad de 49.117,31 EUROS provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancia de D./Dña. VIRGINIA ROBLES MOYA contra D./Dña. JULIO ANTONIO TINAQUERO HERRERO.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir al ejecutado, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo Fundamento Jurídico del presente Decreto.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JULIO ANTONIO TINAQUERO HERRERO, Dª MARIA DE LA PURIFICACIÓN TORMO GONZALEZ-ROMAN (ESPOSA), Dª JUANA INES TINAQUERO SOBLECHERO, Dª ANA MARIA TINAQUERO HERRERO y A D. VIRGILIO TINAQUERO HERRERO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.851/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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