Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171219-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 4

101
Alcobendas número 4. Procedimiento 224 de 2014, notificación a Oteo y González, C. B.

EDICTO

Doña Silvia Sánchez Sánchez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Alcobendas.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal número 224 de 2014 instados por procuradora doña Elena María Muñoz Torrente, en nombre y representación de “ONS Courier, Sociedad Limitada”, contra “Oteo y González, Comunidad de Bienes”, en los que se ha dictado, en fecha 30 de enero de 2015, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda formulada a instancias de la mercantil “ONS Courier, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Elena Muñoz Torrente, contra la mercantil “Oteo y González, Comunidad de Bienes”, a abonar la cantidad de 2.167,99 euros, con los intereses legales correspondientes desde la interpelación judicial.

Se hace expresa imposición de las costas causadas a la mercantil demandada.

Contra la presente resolución no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de esta localidad, Pedro José Puerta Lanzón.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Oteo y González, Comunidad de Bienes”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 26 de septiembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/40.650/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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