Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
18-12-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171218-153

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

153
Madrid número 10. Procedimiento 169 de 2017, notificación a AG Madrid Peluquería 2016, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 169/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIA ESTHER MORANTE LUNA frente a AG MADRID PELUQUERIA 2016, SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid a trece de junio de dos mil diecisiete

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 10, D./Dña. MARIA LUISA SEGURA RODRIGUEZ los presentes autos nº 169/2017 seguidos a instancia de D./Dña. MARIA ESTHER MORANTE LUNA contra AG MADRID PELUQUERIA 2016, SL sobre Resolución contrato.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 233/2017

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 16/02/2017 tuvo entrada demanda formulada por D./Dña. MARIA ESTHER MORANTE LUNA contra AG MADRID PELUQUERIA 2016, SL y admitida a trámite se citó a las partes compareciendo DÑA. MARIA ESTHER MORANTE LUNA con DNI 46922216P asistida del Letrado D. Pablo Martin Vicente con nº col. 121014, y como demandado AG MADRID PELUQUERIAS 2016 S.L. y abierto el acto de juicio por S.Sª. la comparecida manifestó cuantas alegaciones creyó pertinentes en defensa de sus derechos practicándose seguidamente las pruebas que fueron admitidas según queda constancia en el acta correspondiente, y finalmente manifestó por su orden sus conclusiones.

FALLO

Estimando demanda interpuesta por DOÑA MARIA ESTHER MORANTE LUNA frente a la empresa AG MADRID PELUQUERIAS 2016 SL declaro extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos desde la fecha de la presente sentencia y, por tanto, condeno a la empresa citada a abonar a la trabajadora, la cantidad de 25.337,00 euros en concepto de indemnización por la extinción del contrato de trabajo.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2508-0000-61-0169-17 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento 2508-0000-61-0169-17.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, por el Sr.Magistrado-Juez que la firma, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AG MADRID PELUQUERIA 2016, SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.620/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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