Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
15-12-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171215-159

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA NÚMERO 6

159
Las Palmas de Gran Canaria número 6. Procedimiento 37 de 2012, notificación a Ignacio Silva Botas

EDICTO

D./Dña. LAURO ARELLANO MARTÍNEZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria, HAGO SABER: Que en el procedimiento tramitado en este Juzgado al n.º 37/2012 a instancias de D. DAVID NICOMEDES VEGA SUÁREZ contra ARCONSYC, S.L., FOGASA, JOSÉ LUIS SOTO FERNÁNDEZ, JOSÉ ANTONIO CARRERA PELÁEZ, FUERTURIS 2000 POLÍGONO 11, S.L., LARMAC INVERSIONES 87, S.A., CISTERRA, S.L., JUAN CESÁREO ROSADO ALONSO, ENRIQUE LARRAGÁN SILVA e IGNACIO SILVA BOTAS se ha dictado Auto declarando la falta de competencia territorial y acordando el archivo del procedimiento, de fecha 30/10/17, el cual dice:

AUTO

En Las Palmas de Gran Canaria a 30 de octubre de 2017.

Dada cuenta;

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este Órgano se presentó demanda de Juicio Ordinario a instancias de D. DAVID NICOMEDES VEGA SUÁREZ contra ARCONSYC, S.L., JOSÉ LUIS SOTO FERNÁNDEZ, JOSÉ ANTONIO CARRERA PELÁEZ, FUERTURIS 2000 POLÍGONO 11, S.L., LARMAC INVERSIONES 87, S.A., CISTERRA, S.L., JUAN CESÁREO ROSADO ALONSO, ENRIQUE LARRAGÁN SILVA, IGNACIO SILVA BOTAS y FOGASA sobre Reclamación de Cantidad.

SEGUNDO.- Se ha concedido a las partes un plazo común de cinco días para que efectúen alegaciones sobre la falta de competencia territorial de este Órgano Judicial para conocer del asunto, con el resultado que obra en autos.

TERCERO.- Evacuado el traslado, se concedió al Ministerio Fiscal un plazo de cinco días para que emitiera el preceptivo informe, con el resultado que obra en autos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- En acta de fecha 21/06/17 las demandadas comparecientes alegaron falta de competencia territorial de este Juzgado por haber ocurrido el accidente de trabajo en Fuerteventura, y porque las sociedades Arconsyc, S.L. y Fuerturis 2000 Polígono 11, S.L. tienen su domicilio social en la misma isla.

De tal petición se dio traslado a las demás partes.

La parte actora por escrito de fecha 10/07/17 mostró su conformidad. De igual modo se mostró a favor de la misma el Ministerio Fiscal.

Por tal motivo, y sin necesidad de entrar a resolver el recurso de reposición interpuesto contra la providencia de fecha 29/03/17, al amparo del art. 10.1 LRJS, se declara la falta de competencia territorial de este Juzgado.

Vistos los artículos citados y demás de general aplicación;

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Declarar la falta de competencia territorial de este Juzgado de lo Social para conocer de la presente litis, remitiendo a la parte actora a los Juzgados de Fuerteventura, si a su derecho conviene.

Procédase al archivo definitivo de los presentes autos, una vez firme esta resolución.

Notifíquese el presente auto a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, en la C/C. del BANCO DE SANTANDER al nº 0049 3569 92 0005001274 – IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y al concepto 3509 0000 89 0037 12.

Así lo acuerda, manda y firma Dña. YOLANDA ÁLVAREZ DEL VAYO ALONSO, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado D. IGNACIO SILVA BOTAS, en ignorado paradero, y haciéndole saber que las resoluciones íntegras se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Las Palmas de Gran Canaria a 24 de noviembre de 2017.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/40.502/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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