Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
29-11-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171129-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26

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Madrid número 26. Procedimiento 1.055 de 2011, notificación a Alfonso Bonilla Ayuso

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 1.055 de 2011 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 5 de 2013

En Madrid, a 21 de enero de 2013.—La ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 1.055 de 2011 sobre juicio ordinario, seguidos a instancias de “Cofidís Hispania EFC, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don Juan José Somovilla, contra don Alfonso Bonilla Ayuso y doña María del Carmen Martínez Sánchez, en rebeldía procesal sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por “Cofidís Hispania EFC, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don Juan José Somovilla, contra don Alfonso Bonilla Ayuso y doña María del Carmen Martínez Sánchez, en rebeldía procesal, condeno a los expresados demandados a satisfacer a la actora la cantidad de 6.130,22 euros, más intereses legales devengados desde la fecha de presentación de la demanda y pago de las costas procesales causadas.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provisional de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamiento que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), significándole a las partes que para la admisión a trámite del recurso deberán aportar resguardo de ingreso de un depósito que se constituirá en la entidad “Banesto”, número de cuenta 2454, clave 02, indicando número de expediente y año, por valor de 50 euros, en concepto de “depósito recurso apelación”.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Alfonso Bonilla Ayuso, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de sentencia.

Madrid, a 31 de julio de 2017.—El secretario (firmado).

(02/36.704/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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