Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
16-11-2017

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171116-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 6

105
Parla número 6. Procedimiento 614 de 2016, notificación a ignorados ocupantes calle Independencia, 7, bloque 1, primero, D, de Parla

EDICTO

Don Celso González Voces, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Parla.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2), número 614 de 2016, instados por el procurador don Francisco Abajo Abril, en nombre y representación de “Sareb, Sociedad Anónima”, contra ignorados ocupantes de la calle Independencia, número 7, bloque 1, primero, D, de Parla, en los que se ha dictado sentencia de fecha 4 de octubre de 2017, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Vistos por doña Alicia Parrondo Amago, magistrada del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Parla, los presentes autos de juicio verbal sobre desahucio por precario, seguidos ante este Juzgado bajo el número 614 de 2016, a instancias de la entidad “Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, Sociedad Anónima” (SAREB), representada por el procurador de los Tribunales don Francisco José Abajo Abril, contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Independencia, número 7, bloque 1, primero, D, de Parla (Madrid), sobre desahucio por precario y, en consideración, a los siguientes:

Estimar la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales don Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de la entidad “Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, Sociedad Anónima” (SAREB), contra los ocupantes de la vivienda sita en la calle Independencia, número 7, bloque 1, primero, D, de Parla (Madrid), y condeno a los ocupantes de la vivienda sita en la calle Independencia, número 7, bloque 1, primero, D, de Parla (Madrid), a que desalojen la finca que indebidamente ocupan, dejándola libre, vacua y expedita a disposición de la demandante, con apercibimiento de ser lanzados si no lo verificaren, condenándoles al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella pueden interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, conforme dispone la Ley 1/2000, de 7 de enero, en la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, y previa constitución de un depósito de 50 euros, con arreglo a lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados ignorados ocupantes de la calle Independencia, número 7, bloque 1, primero, D, de Parla, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Parla, a 4 de octubre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.514/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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