Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171114-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23

92
Madrid número 23. Procedimiento 569 de 2015, notificación a María Dolores Martín Revuelta

EDICTO

Don Salvador González Bascueña, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de primera instancia número 23 de esta capital.

Hago saber: Que en resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajo el número 569 de 2015, sobre modificación de medidas supuesto contencioso, promovidos por la procuradora doña Alicia Paloma Grueso Robledano, en nombre y representación de don Juan Antonio Gómez Unquiles, contra doña María Dolores Martín Revuelta, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído resolución de fecha 27 de junio de 2016, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Estimar la demanda interpuesta por don Juan Antonio Gómez Unquiles, representado por la procuradora doña Alicia Paloma Grueso Robledano, contra doña María Dolores Martín Revuelta y modificar la sentencia de 3 de noviembre de 1987, del procedimiento de divorcio número 950 de 1987, en el sentido de declarar la extinción, con efectos desde el 1 de abril de 2015, de la pensión compensatoria fijada en dicha resolución, sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá ser preparado ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente a su notificación, requiriéndose para la admisibilidad del mismo la aportación del depósito de 50 euros legalmente establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, con las salvedades establecidas para quienes hayan obtenido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Haciéndole saber que contra la referida sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en término de veinte días por medio de abogado y procurador.

Y para que sirva de notificación en forma a doña María Dolores Martín Revuelta, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Madrid, a 25 de julio de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/32.340/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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