Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2017

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171108-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

65
Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 5 de octubre de 2017, por el que se aprueban las bases y convocatoria de ayudas públicas “Bases para la convocatoria de subvenciones destinadas a clubes, entidades y fundación es deportivas sin fines de lucro, cuyas acciones se desarrollen regularmente en la competición federada año 2017”.

BDNS (identif.): 368223

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

1. Beneficiarios.—Asociaciones deportivas que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria:

— Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid y en el de la Comunidad de Madrid, con un año de antigüedad como mínimo a la fecha de aprobación por la Junta Local de Gobierno de la presente convocatoria.

— Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del municipio de Rivas-Vaciamadrid.

— Participar en competiciones deportivas de modalidades oficialmente reconocidas que se desarrollen por alguna federación deportiva madrileña o española.

— No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable de la forma prevista en el anexo 1 de estas bases.

2. Solicitudes.—Se podrán presentar en:

— Oficina de la Casa Consistorial: plaza 19 de Abril, número 1, en horario de lunes a viernes de ocho a diecinueve cuarenta y cinco. De lunes a viernes de ocho a quince horas.

— Oficina de los Servicios Administrativos: plaza de la Constitución, número 1, en horario de lunes a viernes de ocho a diecinueve cuarenta y cinco y sábados de nueve a trece horas. De lunes a viernes de ocho a quince horas.

— En la web municipal:

http://www.rivasciudad.es/portal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_22162_1.pdf

3. Plazo.—Quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación de las Bases en la web municipal y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

4. Documentación a presentar:

— Anexo 1.

— Anexo 2.

— Anexo 3.

En su caso, Informe de Trabajadores en Alta (ITA) de la Seguridad Social que hayan estado de alta en algún momento del año 2017.

5. Cuantía.—110.000,00 euros.

6. Período subvencionable.—Los justificantes del gasto deberán tener fecha del período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017. La justificación de la subvención se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en la página web del Ayuntamiento.

Rivas-Vaciamadrid, a 27 de octubre de 2017.—El alcalde, Pedro del Cura Sánchez.

(03/36.036/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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