Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2017

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171106-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Procedimiento 208 de 2017, notificación a Construcciones Pedro Bueno, S. L.

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

D. Luis Fariñas Matoni, Letrado de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber que en esta Sala se sigue el Recurso de Suplicación número 208/2017 formalizado por la letrada DOÑA RAQUEL FERNÁNDEZ GARCÍA en nombre y representación de DON HELMUT VIELVA ALONSO, contra la sentencia número 413/2016 de fecha 11 de octubre, dictada por el Juzgado de lo Social número 35 de los de Madrid, en sus autos número 244/2016, seguidos a instancia del recurrente frente a CONSTRUCCIONES PEDRO BUENO, S.L., siendo parte el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, en reclamación por despido, en el que se ha dictado Sentencia de fecha 29/09/2017 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Que desestimamos el Recurso de Suplicación número 208/2017 formalizado por la letrada DOÑA RAQUEL FERNÁNDEZ GARCÍA en nombre y representación de DON HELMUT VIELVA ALONSO, contra la sentencia número 413/2016 de fecha 11 de octubre, dictada por el Juzgado de lo Social número 35 de los de Madrid, en sus autos número 244/2016, seguidos a instancia del recurrente frente a CONSTRUCCIONES PEDRO BUENO, S.L., siendo parte el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, en reclamación por despido y confirmamos la resolución impugnada. Sin costas.

(…)

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala de lo Social dentro del improrrogable plazo de DIEZ DÍAS hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia.»

Y para que sirva de notificación a CONSTRUCCIONES PEDRO BUENO, S.L. actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a dieciséis de octubre de dos mil diecisiete.

El Letrado de la Administración de Justicia

(03/33.882/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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