Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
03-11-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171103-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

108
Madrid número 67. Procedimiento 104 de 2017, notificación a desconocidos herederos de Francisca López Iparraguirre

EDICTO

Doña Gema Fernández de Vera Ruiz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 67 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 104 de 2017, instados por el procurador don Juan de la Ossa Montes, en nombre y representación de doña Ángeles Grandas Alonso y doña Isabel Grandas Alonso, contra desconocidos herederos de doña Francisca López Iparraguirre, en reclamación de 67.108 euros, en lo que se ha dictado sentencia en fecha 13 de junio de 2017, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 244 de 2017

En la ciudad de Madrid, a 13 de junio de 2017.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Isabel Grandas Alonso y doña Ángeles Grandas Alonso, contra los desconocidos herederos de doña Francisca López Iparraguirre, debo:

1. Declarar que las actoras han adquirido por prescripción adquisitiva a su favor la finca número 8452 del Registro de la Propiedad número 4 de Madrid, sita en la calle Humilladero, número 2, tercero derecha, siendo titulares en pleno dominio de la finca descrita.

2. Ordenando, como consecuencia de la anterior declaración, la inscripción en el Registro de la Propiedad del dominio de la citada finca, en la siguiente proporción:

A favor de doña Isabel Grandas Alonso, como titular de un 75 por 100 del citado bien.

A favor de doña Ángeles Grandas Alonso, como titular de un 25 por 100 de la finca.

3. Condenando a los codemandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones, y efectuar todos los actos que sean necesarios u oportunos para la inscripción del bien a favor de las demandantes.

No se hace expresa imposición de las costas del procedimiento.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación, debiendo la parte recurrente acreditar haber constituido el preceptivo depósito legal para poder apelar.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandado desconocidos herederos de doña Francisca López Iparraguirre y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuicimaiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 13 de junio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/34.269/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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