Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
27-10-2017

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171027-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CORPA

RÉGIMEN ECONÓMICO

46
Corpa. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Corpa, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de julio de 2017, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos 2/2017 del presupuesto del Ayuntamiento de Corpa de 2017.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se sometió el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados pudieran examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimaran oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado alegaciones, se considera aprobada definitivamente la modificación en aplicación del artículo 169.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La modificación consiste en lo siguiente:

Contra este acuerdo podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (artículos 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa [“Boletín Oficial del Estado” de 14 de julio de 1998]).

Corpa, a 4 de octubre de 2017.—El alcalde, Santiago Serrano Barranco.

(03/34.214/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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