Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
20-10-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171020-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7

96
Madrid número 7. Procedimiento 1.012 de 2015, notificación a Tebipade, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.012 de 2015, entre comunidad de propietarios del garaje “Nau”, de la calle General Varela, número 35, y “Tebipade, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 64 de 2017

Juez/magistrado-juez: don Lorenzo Valero Baquedano.

Lugar: Madrid.

Fecha: 27 de febrero de 2017.

Fallo

Que estimando la demanda de juicio verbal interpuesta por la procuradora doña Pilar Cendrero Mijarra, en nombre y representación de la comunidad de propietarios del garaje “Nau”, de la calle General Varela, número 35, de Madrid, debo condenar y condeno a la demandada “Tebipade, Sociedad Limitada”, a que abone a la parte actora la cantidad de 5.888 euros, con más intereses legales desde la fecha de interposición judicial de la demanda, e imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 2435-0000-03-1012-15 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando, en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos: 2435-0000-03-1012-15.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a “Tebipade, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Madrid, a 12 de junio de 2017.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/32.980/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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