Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
20-10-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171020-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Encomienda de gestión

Por medio de la presente, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, se hace público que, mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 4 de agosto de 2017, número 21, se aprueba la encomienda de gestión a favor del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal, para la realización de acción formativa en el importe de 13.440,00 euros, expediente GJADLD/0067/2017, perteneciente al Programa de Activación Profesional para personas desempleadas de larga duración, con el siguiente detalle y condicionantes:

— Se deberá dar cuenta inmediata a la Junta de Gobierno Local y a esta Intervención de cuantos acuerdos se adopten en el seno del Organismo Autónomo sobre la gestión y forma de ejecución de las citadas acciones formativas.

— Se deberá dar cuenta inmediata a la Junta de Gobierno Local y a esta Intervención de los posibles supuestos de subcontratación de dichas acciones formativas, y más teniendo en cuenta que dichos gastos serán posteriormente utilizados en la justificación de la subvención concedida por la Comunidad de Madrid.

— El Organismo Autónomo deberá facturar cada uno de las acciones formativas realizadas al Ayuntamiento de Alcalá, bien mensualmente a medida que se ejecutan las mismas, en función del número de horas impartidas en el correspondiente mes o bien y en todo caso a su finalización del curso por el total del mismo. La factura deberá ser conformada por personal técnico que acredite mediante informe, tanto la realidad de las acciones formativas como el número de alumnos existentes a cada fecha.

— Se deberá presentar a la Junta de Gobierno una memoria anual final de las acciones formativas realizadas, donde se indique su fecha de comienzo y de finalización, relación individualizada de alumnos con las posibles incidencias en el caso de que alguno no los complete, así como en su caso los informes técnicos de seguimiento del curso.

— Se deberán tramitar por la Concejalía los expedientes de gasto, para el reconocimiento de la obligación y ordenación del pago con cargo a dicha encomienda de gestión.

— Se deberá presentar cuanta documentación pueda ser solicitada por los órganos de fiscalización y control internos y externos.

En Alcalá de Henares, a 11 de septiembre de 2017.—El secretario-titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(02/29.943/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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