Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
16-04-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100416-82

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

OFERTAS DE EMPLEO

82
Bases proceso selectivo

Resolución del concejal-celegado de Personal, de 14 de abril de 2010, por la que se hacen públicas las bases específicas que han de regir el proceso selectivo convocado para proveer, por concurso oposición libre, ocho plazas, de operario de limpieza (funcionario de carrera), del Ayuntamiento de Aranjuez, incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio de 2010, aprobadas por la Junta de Gobierno Local celebrada el día 13 de abril de 2010, y que se transcriben íntegramente a continuación.

1. Características de las plazas

Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de ocho plazas de operario de limpieza, turno libre, de este Ayuntamiento como personal funcionario, encuadradas dentro de la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, personal de oficios, agrupación profesional, nivel de complemento de destino 10, incluidas en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Aranjuez y en la Oferta Pública de Empleo de 2010, con las retribuciones correspondientes a la categoría de las plazas.

2. Bases que regirán el proceso de selección

El proceso selectivo se regirá por estas bases y las bases generales, aprobadas por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Aranjuez, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2007 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 276, de 20 de noviembre de 2007, con excepción de la base quinta, Órganos de selección, que en cumplimiento del EBEP, queda como se indica:

3. Órganos de selección

Composición:

El tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:

— Presidente.

— Secretario: el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

— Cuatro vocales.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

La composición del tribunal, será técnica y los vocales técnicos, deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la de las plazas convocadas.

4. Requisitos

Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en las bases generales, publicadas en en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 276, de 20 de noviembre de 2007, de conformidad con la cláusula adicional séptima del EBEP.

5. Procedimiento de selección

Será el de concurso-oposición libre, y constará de dos fases:

Primera: oposición.—La fase de oposición, tendrá carácter eliminatorio y constará de un solo ejercicio, que consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas relativas al programa que figura como anexo a estas bases.

Estas cuestiones estarán compuestas por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.

[(NRA ´ 1) – (NRE ´ 1/NRAL) X 10] / NP

NRA: Número de respuestas acertadas.

NRE: Número de respuestas erróneas.

NRAL: Número de respuestas alternativas.

NP: Número de preguntas.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora, pudiendo el tribunal calificador fijar una duración inferior.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

Segunda: concurso.—La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se valorarán los siguientes méritos siempre que estén debidamente acreditados y mediante copia compulsada.

a) Desempeño de puestos de igual o superior categoría, en Administraciones Locales de más de 50.000 habitantes: 0,25 puntos por año o fracción superior a seis meses hasta un máximo de 1 punto.

b) Por cursos de perfeccionamiento en materias relativas al puesto de trabajo a desempeñar:

— Hasta 25 horas: 0,05 puntos por curso.

— De 25 a 50 horas: 0,10 puntos por curso.

— De 50 a 100 horas: 0,15 puntos por curso.

— De más de 100 horas: 0,25 puntos por curso.

La suma total de las puntuaciones obtenidas en este apartado no podrá superar en ningún caso 1,50 puntos.

No obstante la valoración total de los méritos anteriores no podrá exceder del 25 por 100 de la calificación total de la fase de oposición.

6. Calificación definitiva

La calificación definitiva estará determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.

El orden de colocación de los aspirantes en la lista se establecerá de mayor a menor puntuación.

7. Bolsa de empleo

El presente proceso selectivo generará bolsa de empleo temporal de operarios de limpieza, que se regirá por lo establecido en el artículo 76 del vigente Acuerdo Convenio del Ayuntamiento de Aranjuez, invalidando la anterior si esta existiera.

ANEXO

PROGRAMA

Tema 1. La Administración Local, órganos que la componen, pequeñas nociones.

Tema 2. La Constitución Española, nociones generales.

Tema 3. Productos y útiles de limpieza: Topología. Aplicación, composición y propiedades. Formas de empleo y condiciones de uso. Materiales a emplear y productos de limpieza.

Tema 4. La limpieza de las dependencias: Limpieza general: suelos, paredes, techos, muebles, baños, sanitarios.

Tema 5. La limpieza de los enseres: limpieza general, limpieza de equipamiento. Especial referencia a la maquinaria, equipos y útiles de trabajo, decoración y otros.

Tema 6. La limpieza de las manchas: tipos y tratamientos. Marcas y rozaduras.

Tema 7. Especialidades de la limpieza y desinfección de centros educativos, almacenes, oficinas, etcétera.

Tema 8. Componentes tóxicos y peligrosos de los productos y útiles de limpieza: medidas preventivas y curativas de los mismos. Etiquetado del producto.

Tema 9. Aspectos ecológicos de la limpieza. Eliminación de residuos.

Tema 10. Prevención de riesgos laborales en limpieza de edificios públicos. Seguridad e higiene en el trabajo.

Aranjuez, a 2010.—El concejal-delegado de Personal, Ricardo Casas Tinahones.

(03/14.864/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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