Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
18-09-2017

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170918-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CORPA

RÉGIMEN ECONÓMICO

44
Corpa. Régimen económico. Padrones IBI, IAE

Por decreto de Alcaldía de 21 de agosto de 2017, se acuerda la aprobación de los siguientes padrones fiscales:

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana ejercicio 2017.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica ejercicio 2017.

— Impuesto sobre actividades económicas ejercicio 2017.

Estos padrones estarán expuestos al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Corpa durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que contra los mismos estimen oportuno.

Anuncio de cobranza

El período de pago voluntario de estos padrones fiscales se iniciará el día 1 de octubre hasta el día 30 de noviembre de 2017, ambos inclusive.

El pago de tributos gestionados mediante los padrones fiscales anteriormente indicados se realizará en “Bankia”, mediante la presentación del documento cobratorio.

La no recepción por el interesado del recibo de pago no es motivo para su falta de abono en período voluntario, pudiendo recoger un duplicado u original en el Departamento de Recaudación.

Los recibos domiciliados correspondientes a un único pago se pasarán al cobro el día 7 de noviembre de 2017.

Finalizado el período de pago en voluntaria se iniciará el período de cobro en vía ejecutiva con el consiguiente recargo de apremio, intereses de demora y costas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria y Reglamento General de Recaudación.

Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de la normativa vigente.

Corpa, a 21 de agosto de 2017.—El alcalde, Santiago Serrano Barranco.

(02/28.039/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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