Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
18-09-2017

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170918-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Cercedilla. Organización y funcionamiento. Normas Escuela Municipal Música

El Pleno corporativo, en sesión ordinaria celebrada con fecha 4 de mayo de 2017, acordó la aprobación inicial de la modificación de las normas de funcionamiento de la Escuela Municipal de Música y Danza de Cercedilla, que se sometió a información pública, mediante publicación en la página web y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 19 de julio de 2017, para que quienes lo desearan pudieran consultarlo y, en su caso, los que resultaran interesados pudieran presentar reclamaciones en el plazo de treinta días.

Transcurrido el citado plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones, y de conformidad con el acuerdo plenario, la modificación inicial queda elevada a definitiva, en los siguientes términos:

Art. 23. Se abrirá un período de solicitud de plaza para el próximo curso, durante el mes de mayo y los primeros quince días hábiles de junio:

a) Solicitud de continuidad de antiguos alumnos en las mismas asignaturas del curso anterior.

b) Solicitud de reserva de plaza para nuevos alumnos.

c) Solicitud de ampliación de asignaturas para antiguos alumnos.

A partir del día 1 de julio, se expondrán en el tablón de anuncios del Centro Polifuncional “Joaquín Sorolla” los listados provisionales de alumnos admitidos, con asignación de día y hora de clase para la/s asignatura/s solicitada/s.

Durante los primeros quince días hábiles de julio, quedará abierto el plazo para:

a) Formalización de matrícula para nuevos alumnos que hayan obtenido plaza.

b) Ampliación de matrícula para antiguos alumnos que hayan obtenido plaza en nuevas asignaturas.

c) Presentación de bajas relativas a la solicitud de continuidad de antiguos alumnos.

Los antiguos alumnos que no presenten modificaciones sobre la solicitud de continuidad quedarán automáticamente matriculados.

Transcurridos estos plazos, el alumno/a que, estando admitido, con asignación de día y hora, no haya realizado los trámites requeridos según su caso, perderá la plaza.

Art. 28. El importe de las clases será abonado mediante domiciliación bancaria, gestionada por la Secretaría de la Escuela. El incumplimiento reiterado del pago de las cuotas podrá ser causa de baja si, tras haber recibido notificación por parte de la Escuela, no se procede al abono de las mismas en el plazo indicado.

Art. 32. El alumno que cause baja perderá todos sus derechos como alumno de la Escuela Municipal de Música y Danza. Si desea reingresar en la misma, estará sujeto a la disponibilidad de plaza si las hubiere, ya sea para el curso presente o próximo.

Lo que se publica a los efectos oportunos.

Cercedilla, a 4 de septiembre de 2017.—El alcalde, Luis Miguel Peña Fernández.

(03/28.781/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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