Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
13-09-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170913-78

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 5

78
Oviedo número 5. Procedimiento 525 de 2017, notificación a Construcción de Minas y Obras Subterráneas, S. A.

EDICTO

D/Dª BEATRIZ DIAZ MARTINEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 005 DE OVIEDO.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª ZACHOVAL JOSEF contra INSS, TGSS, OVIS CONSTRUCCION DE MINAS S.L., CONSTRUCCION DE MINAS Y OBRAS SUBTERRANEAS S.A., SOCIEDAD ANONIMA PARA TRABAJOS SUBTERRANEOS, HULLERAS DEL NORTE S.A., UNION MINERA DEL NORTE S.A., en reclamación por SEGURIDAD SOCIAL, registrado con el n° SEGURIDAD SOCIAL 0000525 /2017 se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

CÉDULA DE CITACIÓN

TRIBUNAL QUE ORDENA CITAR

JDO. DE LO SOCIAL N. 5.

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA

SEGURIDAD SOCIAL 0000525 /2017.

PERSONA A LA QUE SE CITA

INSS, TGSS, OVIS CONSTRUCCION DE MINAS S.L. CONSTRUCCION DE MINAS Y OBRAS SUBTERRANEAS S.A., SOCIEDAD ANONIMA PARA TRABAJOS SUBTERRANEAS, HULLERAS DEL NORTE S.A., UNION MINERA DEL NORTE S.A., como parte/s demandada/s.

OBJETO DE LA CITACIÓN

Asistir en esa condición al/los acto/s de juicio, concurriendo a tales actos con las pruebas de que intente valerse y también, si la parte contraria lo pide, y el/la Tribunal lo admite, contestar a las preguntas que se le formulen en la práctica de la prueba de interrogatorio.

LUGAR, DÍA Y HORA EN LA QUE DEBE COMPARECER

Deben comparecer el día 19/9/2017 a las 10:25 horas en sala 103, para la celebración del acto de juicio.

PREVENCIONES LEGALES

1°.- La incomparecencia del demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación, y en su caso, juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía (art. 83.3 LJS).

2°.- Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/o representación - procurador o graduado social para su representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.

3°.- Debe asistir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (art. 82.3 LJS), y, en el caso de que se admita la prueba de interrogatorio, solicitada por la otra parte, deberá comparecer y contestar al interrogatorio o, en caso contrario, podrán considerase reconocidos como ciertos en la sentencia, los hechos a que se refieren las preguntas, siempre que el interrogado hubiere intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resulte perjudicial en todo o en parte.

Conforme dispone el artículo 91.3 de la LJS, el interrogatorio de las personas jurídicas se practicará con quienes legalmente las representen y tengan facultades para responder a tal interrogatorio.

Si el representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos. Con tal fin, la parte interesada podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificando debidamente la necesidad de tal interrogatorio personal.

Podrán asimismo solicitar, al menos con CINCO DÍAS de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o requerimiento (art. 90.3 LJS).

4°.- Debe comunicar a esta Oficina Judicial un domicilio para la práctica de actos de comunicación y cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, con los apercibimientos del art. 53.2 LJS (art. 155.5 párrafo 1° de la LEC) haciéndole saber que, en aplicación de tal mandato, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.

El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados, asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

5°.- También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca (art. 183 LEC).

6°.- Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del proceso por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha de señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 63 de esta ley, sin que ello suponga la suspensión salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la mediación y por el tiempo máximo establecido en el procedimiento correspondiente que no podrá exceder de quince días.

En OVIEDO, a trece de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

D/Dª INSS, TGSS, OVIS CONSTRUCCION DE MINAS S.L., CONSTRUCCION DE MINAS Y OBRAS SUBTERRANEAS S.A., SOCIEDAD ANONIMA PARA TRABAJOS SUBTERRANEOS, HULLERAS DEL NORTE S.A., UNION MINERA DEL NORTE S.A.

DOMICILIO: PLAZA GENERAL PRIMO DE RIVERA n° 2 33001 - OVIEDO (), CALLE PEREZ DE LA SALA n° 3 33007 - OVIEDO (), CALLE COMANDANTE CABALLERO n° 10 1 C 33005 - OVIEDO (), CALLE MENORCA n° 40 28009 - MADRID (), CALLE MUÑOZ DEGRAIN n° 5 1 IZQ 33007 - OVIEDO (), AVENIDA GALICIA n° 44 33005 - OVIEDO (), CALLE DON QUIJOTE n° 3 28020 - MADRID ()

Y para que sirva de notificación y citación a CONSTRUCCION DE MINAS Y OBRAS SUBTERRANEAS S. A. en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid y colocación en el tablón de anuncios.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente o cuando se trate de emplazamiento.

En OVIEDO, a uno de septiembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/28.826/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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