Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170814-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAR DEL OLMO

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Villar del Olmo. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

Aprobadas inicialmente las siguientes ordenanzas por acuerdo de Pleno, de 21 de julio de 2017:

— Ordenanza fiscal de la tasa para la recogida de residuos.

— Ordenanza fiscal de la tasa por la prestación del servicio de recogida, custodia y manutención de animales domésticos y/o de compañía extraviados, perdidos o abandonados.

— Ordenanza fiscal de ayudas para el fomento de la conservación y mantenimiento de fachadas.

— Ordenanza reguladora de gestión de residuos y limpieza viaria de Villar del Olmo.

— Ordenanza reguladora de las condiciones estéticas de las edificaciones.

— Ordenanza reguladora del deber urbanístico de conservación de edificaciones, de la inspección técnica periódica de edificios y de la declaración de ruina.

— Ordenanza reguladora de tenencia y protección de los animales de compañía.

— Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones.

De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinado el expediente y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderán definitivamente aprobados los acuerdos de aprobación de las mencionadas ordenanzas.

En Villar del Olmo, a 26 de julio de 2017.—La alcaldesa, Lucila Toledo Moreno.

(03/26.752/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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