Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
09-08-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170809-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villanueva de la Cañada. Régimen económico. Padrones impuestos

En virtud de las facultades que me confiere la vigente Ley de Régimen Local, he resuelto que, durante los días comprendidos entre el 2 de octubre y el 4 de diciembre, se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica e impuesto sobre actividades económicas, correspondientes al ejercicio de 2017.

Días de cobro

Oficina de Recaudación Municipal: plaza de España, número 2, teléfono 918 117 305.

— De lunes a viernes de nueve a catorce y treinta horas y sábados de diez a trece horas.

Oficina de Recaudación Municipal zona de la “Mocha Chica” y “Villafranca del Castillo”: calle Valle del Esteribar, número 3 Centro Cívico “El Castillo”.

— Lunes de diecisiete a diecinueve horas (sólo recibos zona de “Villafranca del Castillo” y “Mocha Chica”).

Domiciliaciones: los recibos domiciliados se pasarán al cobro el día 2 de noviembre del 2017.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará conforme al artículo 161 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria, el inicio del período ejecutivo, la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de dicha Ley, y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

En Villanueva de la Cañada, a 12 de julio de 2017.—El concejal-delegado de Hacienda, Coordinación y Patrimonio, Enrique Serrano Sánchez Tembleque.

(02/24.488/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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