Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
08-08-2017

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170808-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

178
Madrid número 41. Procedimiento 437 de 2017, notificación a Ango Comunicaciones, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 437/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MYKHAYLO VERHOVYCH frente a ANGO COMUNICACIONES, S.L. y Fogasa sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando en parte como estimo la demanda formulada por Don Mykhaylo Verhovych contra la empresa Ango Comunicaciones, S.L., debo condenar y condeno a esta a abonar a aquel la cantidad de 2.503,45 euros con el recargo del artículo 29.3 LET aplicado a la cantidad salarial de 2.108,5 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANGO COMUNICACIONES, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/25.147/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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