Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
04-08-2017

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170804-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

47
Daganzo de Arriba. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de julio de 2017, acordó la aprobación provisional de:

— La modificación de las ordenanzas fiscales F-6, reguladora de la tasa por licencias urbanísticas; F-10, reguladora de la tasa por la realización de actividades de apertura, instalación y funcionamiento de actividades; F-11, reguladora de la tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos; F-14, reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del suelo, subsuelo y vuelo de dominio público local; F-19, reguladora de la tasa por prestación de servicios de enseñanza de la Escuela Municipal de Música y Danza y Actividades Culturales.

— La modificación de la ordenanza de Policía y buen gobierno G-7 ordenanza municipal de circulación.

— La creación de la ordenanza de Policía y buen gobierno G-21 convivencia ciudadana.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.

Daganzo de Arriba, a 21 de julio de 2017.—El alcalde, Sergio Berzal Valladar.

(03/25.684/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170804-47