Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
21-07-2017

Sección 1.3.95.21: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170721-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

18
ACUERDO de 30 de junio de 2017, adoptado por el Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por el que se atribuye a los Inspectores de Vivienda de dicho Organismo determinadas competencias.

Don Francisco Javier Carmena Lozano, Secretario General de la Agencia de Vivienda Social, nombrado para dicho cargo por Decreto 80/2013, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de octubre de 2013), y Secretario del Consejo de Administración, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3.4 del Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la organización, estructura y régimen de funcionamiento de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid,

CERTIFICA

Que el Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social, en su sesión de 30 de junio de 2017 aprobó, entre otros, el Acuerdo cuyo tenor literal es el siguiente:

ACUERDO

Primero

Atribuir a los Inspectores de Viviendas de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid la representación del Organismo para:

A) Presentar denuncias y prestar declaraciones ante las dependencias policiales, Juzgados y Tribunales en relación con las situaciones de ocupación irregular de los inmuebles de la titularidad del mismo.

B) Comparecer en las diligencias de ejecución de las resoluciones judiciales que impliquen la recuperación de la posesión de cualesquiera de los bienes inmuebles de su titularidad, así como realizar todos aquellos actos y gestiones que resulten necesarios para ello.

C) Actuaciones referidas a ofrecimiento de acciones.

Segundo

En las actuaciones relacionadas en el apartado anterior, los Inspectores serán identificados con su número de carné profesional.

Tercero

Dejar sin efecto el Acuerdo de 10 de noviembre de 1999, adoptado por este Consejo de Administración, por el que se atribuía la representación de este Organismo a los Inspectores de Viviendas sobre determinadas actuaciones.

Lo que certifica, a los efectos oportunos, en Madrid, a 30 de junio de 2017.—El Secretario del Consejo de Administración, Francisco Javier Carmena Lozano.

(03/24.326/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.21: I. COMUNIDAD DE MADRID

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