Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170717-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VENTURADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
Venturada. Régimen económico. Padrones impuestos

Aprobados definitivamente, por Decreto de esta Alcaldía dictado con fecha 8 de junio de 2017, el padrón y lista cobratoria del tributos locales impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, referido al ejercicio de 2017, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos al trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se expone al público, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por convenientes.

Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del trámite de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de los citados tributos correspondientes al año 2017 en:

Localidad: Venturada (Madrid).

Recaudación Municipal: plaza Ayuntamiento, número 2, local 8, de Venturada. Teléfono 911 821 536 .

Calle Santa Barbará, número 1, de Torrelaguna. Teléfono 918 431 288.

Calle Doctor Esquerdo, número 157, oficina 1B. Madrid. Teléfono 915 570 698.

Horario: De nueve a trece y treinta.

Plazo de ingreso: del 1 de julio al 31 de agosto de 2017.

Modalidad de cobro: en metálico en las oficinas mencionadas, pago bancario a través de las entidades autorizadas: “Banco Popular”, “Banco Santander Central “Hispano”, “Bankia” y “Caixabank”, presentando el recibo; y domiciliaciones. La domiciliación de pagos debe comunicarse con una antelación de al menos dos meses antes del período de cobro.

Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos en período ejecutivo, los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Venturada, a 8 de junio de 2017.—El alcalde, Daniel Caparrós López.

(02/22.058/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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