Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2017

Sección 1.2.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170712-5

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

5
ORDEN 2348/2017, de 28 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se convoca el puesto de Director del Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús” para su provisión por el procedimiento de Libre Designación.

Por Decreto 66/2006, de 2 de agosto, se crea el Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”, y por Orden 2340-01/2007 de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia e Interior y de la Consejería de Educación se regula la organización, funcionamiento y actividades complementarias del centro.

De conformidad con el artículo 15 de la citada Orden 2340-01/2007, el Director será nombrado mediante convocatoria pública para la provisión de puestos de libre designación por cuatro años y conforme a la normativa vigente.

Vacante para el curso 2017-2018, el puesto de Director de dicho centro, reservado a funcionarios docentes de esta Administración autonómica, resulta necesario proceder a su inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, por lo que,

DISPONGO

Primero

Se aprueba convocatoria para la provisión del puesto de Director del Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”, reservado a funcionarios docentes de esta Administración Autonómica, mediante el procedimiento de Libre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá por las siguientes disposiciones:

— Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril).

— Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril).

— Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).

— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Decreto 66/2006, de 2 de agosto, por el que se crea el Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”.

— Orden 2340-01/2007 de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia e Interior y de la Consejería de Educación, por la que se regula la organización, funcionamiento y actividades complementarias del centro.

— Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

— Decreto 100/2016, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño establecidos en el Decreto 66/2006, de 2 de agosto, por el que se crea el Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”, que se detallan en el Anexo a la presente Orden.

Dado que la plaza convocada se encuentra afectada por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en www.madrid.org

La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con el referido puesto, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

Cuarto

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación Juventud y Deporte, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en alguno de los siguientes lugares y formas:

— En el Registro General de esta Consejería:

• Gran Vía, número 20, 28013 Madrid.

— En el Registro Auxiliar de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte:

• Calle Santa Hortensia, número 30, 28002 Madrid.

— En los Registros de las Direcciones de Área Territorial de esta Consejería.

• Madrid Capital: Calle Vitruvio, número 2 , 28006 Madrid.

• Madrid Norte: Avenida de Valencia, sin número, 28700 S. Sebastián de los Reyes.

• Madrid Sur: Calle Maestro, número 19, 28914 Leganés.

• Madrid Este: Calle Jorge Guillén, sin número, 28806 Alcalá de Henares.

• Madrid Oeste: Carretera de la Granja, sin número, 28400 Collado Villalba.

— En el Registro General de la Comunidad de Madrid:

• Gran Vía, número 3, 28013 Madrid.

— En las oficinas de asistencia en materia de Registro de la Comunidad de Madrid, relacionadas en la Resolución de 14 de febrero de 2017, de la Directora General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, por la que se hace pública al relación de Oficinas de asistencia en materia de Registro de la Comunidad de Madrid, cuya relación está disponible en el portal www.madrid.org, a través de la secuencia: “Servicios al Ciudadano”, “Atención al Ciudadano”, “Red de oficinas” y “Oficinas de Asistencia en Materia de Registro.

— En los registros y lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se presentará en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos, antes de ser certificada.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo e historial académico y profesional serán los regulados en la Orden 2066/1998, de 30 de julio, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

A la solicitud se acompañará la documentación acreditativa de reunir los requisitos indispensables así como de los méritos no preferentes, mediante certificaciones o fotocopias simples.

Sexto

Para la selección del Director se podrá realizar el trámite de entrevista previa.

Séptimo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Educación, Juventud y Deporte, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de junio de 2017.

El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

ANEXO

Denominación: Director.

Localización: Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”, de Madrid.

Requisitos indispensables para el desempeño: Pertenecer a alguno de los cuerpos docentes con competencia en alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.

Méritos no preferentes:

— Experiencia como Director de centro público.

— Experiencia como Jefe de Estudios o Secretario de centros públicos.

— Experiencia profesional en el Centro Regional de Enseñanzas Integradas o en cualquiera de los centros de ejecución de Medidas Judiciales de él dependientes.

— Experiencia en la atención educativa de menores infractores.

— Experiencia en la organización y funcionamiento de centros docentes.

— Conocimiento del perfil y situación jurídica de los alumnos escolarizados en el CREI.

— Conocimiento de la Tecnología de la Información y la Comunicación.

— Conocimiento de idiomas.

— Estar en posesión de otras titulaciones universitarias.

— Presentar un proyecto de dirección que deberá incluir un análisis de las características más relevantes del centro, los objetivos básicos del programa de dirección y las líneas generales de actuación para alcanzar dichos objetivos.

(03/23.503/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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