Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170627-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

146
Madrid número 32. Procedimiento ordinario 1.143 de 2013, notificación a Rivas KP Servicios Integrales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSÉ FRANCISCO RAMOS ALONSO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1143/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. STALIN QUITO CORDOVA frente a D./Dña. MARIA DEL MAR TALENS DOMINGO, RIVAS KP SERVICIOS INTEGRALES SL, LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO ADIVA S.R.L., SERGOIN SL y D./Dña. DOMINGO MARIA DEL MAR TALENS sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

Que con estimación de la demanda presenta por D./Dña. STALIN QUITO CORDOVA contra LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO ADIVA S.R.L., SERGOIN SL y RIVAS KP SERVICIOS INTEGRALES debo declarar y declaro el derecho del actor a ostentar una antigüedad de 25 de septiembre de 2008, con los efectos económicos inherentes a tal declaración. Y debo condenar y condeno a tales empresas a estar y pasar por tal declaración. Y con desestimación de la demanda presenta por D./Dña. STALIN QUITO CORDOVA contra D./Dña. MARIA DEL MAR TALENS DOMINGO,por estimación de la excepción de falta de legitimación pasiva debo absolver y absuelvo a la misma en la instancia.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANESTO C/PRINCESA Nº3 a nombre de este Juzgado con el núm. 2805 acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenando en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en BANESTO C/PRINCESA Nº3 a nombre de este juzgado, con el nº 2805, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RIVAS KP SERVICIOS INTEGRALES SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/19.905/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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