Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2017

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170627-62

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Vigésima Primera. Procedimiento 515 de 2016, notificación a ocupantes desconocidos de la vivienda calle Gran Vía del Sureste, 59, portal 2

Sección Vigésima Primera

EDICTO

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

SECCIÓN Nº 21 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID.

Recurso de Apelación 515/2016.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. AURORA MANZANO HEREDIA.

PARTE DEMANDADA: ENCASA CIBELES SLU Y OCUPANTES DESCONOCIDOS DE LA VIVIENDA C/. GRAN VÍA DEL SURESTE, Nº 59, PORTAL 2, ESCALERA A, PISO 7º, LETRA B, CP: 28051 – MADRID.

SOBRE: Dº hipotecario y regis.

En virtud de lo acordado en el Recurso de Apelación de referencia, que se tramita en este Tribunal, interpuesto por D./Dña. AURORA MANZANO HEREDIA, frente a ENCASA CIBELES SLU y OCUPANTES DESCONOCIDOS DE LA VIVIENDA C/. GRAN VÍA DEL SURESTE, Nº 59, PORTAL 2, ESCALERA A, PISO 7º, LETRA B, CP: 28051 – MADRID, sobre Dº hipotecario y regis.; por estar en ignorado paradero la parte apelada OCUPANTES DESCONOCIDOS DE LA VIVIENDA C/. GRAN VÍA DEL SURESTE, Nº 59, PORTAL 2, ESCALERA A, PISO 7º, LETRA B, CP: 28051 – MADRID por resolución de fecha 5/6/2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, así como en el Tablón de anuncios de esta Sección, para llevar a efecto la notificación de la parte dispositiva de la Sentencia que es del tenor literal siguiente:

III. FALLAMOS

Que desestimando el recurso de apelación formulado por la representación procesal de Dña. Aurora Manzano Heredia, contra la sentencia de fecha 4 de diciembre de 2015, dictada por el juzgado de Primera Instancia número 31 de Madrid, en el procedimiento al que se contrae el presente rollo, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución.

Todo ello con condena a la apelante a las costas procesales de la presente alzada.

Procede la pérdida del depósito constituido para recurrir, al que se dará el destino previsto en la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, añadida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación en el caso de que la resolución de ese recurso presente interés casacional, lo que sucederá si, esta sentencia, se opone a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo o resuelve puntos o cuestiones sobre los que existe jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales o aplica normas que no lleven más de cinco años en vigor, siempre que, en este último caso, no existiese doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo; De ser así, también podrá interponerse recurso extraordinario por infracción procesal, siempre que se haga en el mismo escrito de interposición del recurso de casación y no por separado; De este recurso de casación y, en su caso, además del extraordinario por infracción procesal, conocerá la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y deberá interponerse presentando un escrito, ante esta Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, dentro del plazo de veinte días , contados desde el siguiente a la notificación de esta sentencia.

De no presentarse, en el plazo de veinte días, escrito de interposición del recurso de casación, por alguna de las partes litigantes, la presente sentencia deviene firme y se devolverán los autos originales, con certificación de esta sentencia, al Juzgado de Primera Instancia de origen, para su ejecución y cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, que se incorporará al Libro de Sentencias y se notificará a las partes, resolvemos definitivamente el recurso de apelación.

Y para que conste y sirva de edicto de notificación a OCUPANTES DESCONOCIDOS DE LA VIVIENDA C/. GRAN VÍA DEL SURESTE, Nº 59, PORTAL 2, ESCALERA A, PISO 7º, LETRA B, CP: 28051 – MADRID, que se encuentran incomparecidos y de conformidad con lo establecido en el Artículo 497.2 de la L.E.C., para lo cual publíquese en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 5 de junio de 2017.

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE LA SECCIÓN

(03/19.861/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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