Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170626-88

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

URBANISMO

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Velilla de San Antonio. Urbanismo. Modificación Puntual ámbito antiguo polígono industrial

Aprobado inicialmente por acuerdo del Pleno de 20 de junio de 2017, se acordó someter a exposición pública la Modificación Puntual del vigente Plan General de Ordenación Urbana en el ámbito de actuación del antiguo polígono industrial del municipio, consistente en la generación de unas bandas de protección entre este polígono industrial, “La Vega” y el suelo de uso residencial, al objeto de que en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se pudieran examinar dichos trabajos por los interesados y presentar las alegaciones que se estimen pertinentes.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en las siguientes direcciones, http://www.ayto-velilla.es/wp-content/uploads/modificacion_pgou_ doc_aprob_inicial.pdf y http://www.ayto-velilla.es/wp-content/uploads/modificacion_ pgou_doc_eval_ambiental.pdf

De acuerdo con el artículo 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, quedan suspendidos los actos de uso del suelo y ejecución de actividades en aquellas áreas cuyas nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente.

Dicha ampliación de la suspensión de licencia en el ámbito de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana no será efectiva hasta que se haya completado el plazo de información pública de la aprobación inicial de la “Modificación Puntual del vigente Plan General de Ordenación Urbana en el ámbito de actuación del antiguo polígono industrial del municipio”, sin perjuicio de la adopción de nuevo acuerdo expreso para su ratificación una vez superado dicho plazo.

El acuerdo de ampliación será objeto de la misma publicidad otorgada al primitivo acuerdo de suspensión procediendo a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor circulación de la región.

La ampliación de la suspensión de licencias acordada el 29 de junio de 2016, durante el plazo de un año, afecta igualmente a la concesión de licencias para las siguientes actividades de uso del suelo no incluidas en la siguiente relación:

— Los usos industriales que no sean peligrosos, ni produzcan altas emisiones de CO2.

— Se permitirá una vivienda por industria en el grado 1.o A y 2.o B.

— Artesanía en categorías 3.a y 4.a

— Talleres y almacenaje de carpintería, y lacado, donde no se produzca la fabricación de chapas y tableros.

— Talleres de cerrajería y aluminio, donde no se produzcan tratamiento de superficies metálicas por procedimientos electrolíticos o químicos.

— Empresas de servicios empresariales destinados a nuevas tecnologías, en el manejo de información, cálculo, procesos de datos y sistemas informáticos.

— Hotelero, en edifico exclusivo con una superficie máxima construida por parcela y edificio de 550 m2.

— Comercial en edifico exclusivo con una superficie máxima construida por parcela y edificio de 550 m2.

— Oficinas destinadas a prestar servicios administrativos, técnicos financieros, de información u otros de este carácter.

— Terciario recreativo, con uso de salas de reuniones en edifico exclusivo con una superficie máxima construida por parcela y edificio de 550 m2.

— Relación o reunión categoría 2.a de la ordenanza 7 para este uso.

— Cultural.

— Docente.

— Deportivo, no al aire libre.

Esta suspensión se referirá a los siguientes solares:



Velilla de San Antonio, a 21 de junio de 2017.—La alcaldesa-presidenta, Antonia Alcázar Jiménez.

(03/21.779/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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