Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170529-184

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

184
Madrid número 26. Procedimiento 885 de 2016, notificación a La Vaca Picada, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA GARCÍA FERREIRA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 885/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. SORYS MARÍA VALDEZ RODRÍGUEZ, D. PEDRO DE LA CRUZ CABRERA, D. RAMÓN ANTONY NÚÑEZ SERRATA, D. JEAN JORGE PÉREZ DÁVILA, D. ORELVI ANDRÉS MOLINA DEL CARMEN y D. GEABEL JAVIER ABREU frente a LA VACA PICADA, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado sentencia en fecha 05/05/17.

Contra dicha resolución puede interponerse ante este Juzgado recurso de suplicación en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la sentencia que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento integro en la oficina judicial de este Juzgado sito en C/ Princesa nº 3 planta 8.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LA VACA PICADA, S.L. , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de mayo de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.622/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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