Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170526-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

108
Madrid número 30. Ejecución 132 de 2016, notificación a Rafael Alejandro Sanz Ortiz

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. M. LUISA GARCIA TEJEDOR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 30 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 132/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAFAEL GIL GONZALEZ frente a D./Dña. RAFAEL ALEJANDRO SANZ ORTIZ sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de 28-4-2017:

“PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 503,11 euros de principal; 180 euros de intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL parcial del ejecutado D./Dña. RAFAEL ALEJANDRO SANZ ORTIZ, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2803-0000-64-0132-16.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. RAFAEL ALEJANDRO SANZ ORTIZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de abril de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.409/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170526-108