Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170523-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

81
Madrid número 85. Procedimiento 137 de 2016, notificación a Cesáreo Montero Quevedo

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia número 137 de 2016, divorcio contencioso entre doña María del Carmen Flores Blázquez y don Cesáreo Montero Quevedo, donde se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 55 de 2017

Magistrada-juez: doña María Serantes Gómez.

Lugar: Madrid.

Fecha: 9 de febrero de 2017.

Vistos por doña María Serantes Gómez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid, los anteriores autos número 137 de 2016, sobre divorcio contencioso, seguidos en este Juzgado a instancias de doña Carmen Flores Blázquez, representada por el procurador don Francisco de Paula Martín Fernández, y de otra parte don Cesáreo Montero Quevedo, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador don Francisco de Paula Martín Fernández, en nombre y representación de doña Carmen Flores Blázquez, frente a don Cesáreo Montero Quevedo, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges doña Carmen Flores Blázquez y don Cesáreo Montero Quevedo, celebrado el día 5 de junio de 2009 en San Pedro de Macoris (República Dominicana), con los efectos legales inherentes a tal situación, acordando además de los efectos legales la atribución del uso del domicilio familiar sito en calle San Maximiliano, número 45, segundo C, Madrid, a doña Carmen Flores Blázquez.

Firme que sea esta resolución, líbrense oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía de la demandada notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 3459-0000-33-0301-16 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 3459-0000-33-0301-16.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Cesáreo Montero Quevedo expido y firmo la presente.

En Madrid, a 14 de febrero de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.580/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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