Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170510-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

37
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS (Identif.): 345244

Extracto del decreto de la delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo de 19 de abril de 2017, por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Escolar de Teatro 2017.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index):

Primero. Beneficiarios.—Centros escolares públicos, concertados y privados del municipio de Madrid que impartan Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Básica y Formación Profesional de Grado Medio.

Segundo. Objeto.—El Certamen de Teatro tiene por objeto de fomentar la participación de los grupos de teatro formado por alumnado matriculado en centros escolares públicos, concertados y privados del municipio de Madrid, con la finalidad de que mejoren su expresión oral, potencien la lectura y comprensión de textos literarios, amplíen su vocabulario, y se favorezca el lenguaje corporal y la autoestima. Además, mediante el trabajo en grupo, se potenciarán otros valores formativos, cívicos y sociales.

Tercero. Bases reguladoras.—El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, por la disposición adicional primera de la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de los premios asciende a 13.000,00 euros, estableciéndose dos categorías: categoría A), alumnos de Educación Primaria, y categoría B), alumnos de Educación Secundaria, Bachillerato, FP Básica y FP de Grado Medio. Dentro de cada categoría se establece un primer premio dotado con 2.000,00 euros, un segundo premio dotado de 1.200,00 euros y un tercer premio dotado con 900 euros. Asimismo, dentro de cada categoría se establecen los siguientes premios:

— Se podrán conceder hasta tres menciones de 300 euros cada una a los grupos de teatro que hayan obtenido las puntuaciones inferiores siguientes a las de los primeros premios.

— Se podrá conceder una mención de 1.000 euros, al director/a del grupo que, a criterio del jurado, destaque por su estilo de dirección, su labor motivadora, creatividad, coordinación y puesta en escena.

— Se podrá conceder un premio especial de 500 euros, al grupo de teatro que destaque por su compromiso, esfuerzo personal, superación de las dificultades, características sociales, entorno socio-cultural e implicación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de participación, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en el plazo de quince días siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—El montaje de las obras se hará entre el 22 de mayo y el 17 de junio de 2017. El lugar de la representación será elegido por el centro escolar, debiendo comunicar con una antelación mínima de diez días al Departamento de Actividades Educativas, Sección de Museos y Actividades Artísticas, la fecha, el horario y el lugar donde será la representación, ya que los miembros del jurado se desplazarán a visionarlas y hay que coordinar sus actuaciones.

Madrid, a 19 de abril de 2017.—La delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, Marta María Higueras Garrobo.

(03/15.447/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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