Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170510-175

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

175
Madrid número 28. Procedimiento 786 de 2016, notificación a Loamber Correduría de Seguros, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. Elena Mónica de Celada Pérez LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 786/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. SUSANA GARCIA RIPADO frente a LOAMBER CORREDURIA DE SEGUROS, SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimo la pretensión de despido de Dña. Susana García Ripado contra Loamber Correduría de Seguros SL y FOGASA, lo declaro improcedente, tengo por realizada la opción de indemnización, extingo la relación laboral y condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 36.288 euros en concepto de indemnización y 7.056 euros en el de salarios de tramitación. Absuelvo al Fogasa, sin perjuicio de la plena vinculación de esta sentencia en el procedimiento administrativo al efecto, respecto a la responsabilidad subsidiaria que pudiera corresponderle de la deuda aquí reconocida.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LOAMBER CORREDURIA DE SEGUROS, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a seis de abril de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.569/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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