Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170410-181

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VIGO NÚMERO 4

181
Vigo número 4. Procedimiento 610 de 2016, notificación a Peal Obra Pública, S. A.

EDICTO

Da MARTA LAGOS SUAREZ-LLANOS, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n° 004 de VIGO, HAGO SABER:

Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000610 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. FRANCISCO COTO MARTINEZ contra PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES ZEVETSE, S.L., MARCELINO MARTINEZ GALICIA, S.L., GRANITOS GONDOMAR, S.L., INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MINERA DE ROCAS, S.L.U., CANTERAS HERMANOS CORTIÑAS, S.L., LITOMEGA, S.L., INVESTIGACION Y EXPLOTACION DE GRANITOS, S.L., COMEGRA, S.L., PLACIDO GONZALEZ MARTINEZ,RODERPI, S.L.,ANGEL HOLGUERA E HIJOS, S.L., PEAL OBRA PUBLICA, S.A., se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda formulada por D. FRANCISCO COTO MARTINEZ contra el INSS, TGSS,GRANITOS GONDOMAR, S.L., PLACIDO GONZALEZ MARTINEZ, MINERA DE ROCAS, S.L., PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES ZEVETSE, S.L., MARCELINO MARTINEZ GALICIA, S.L., CANTERAS HERMANOS CORTIÑAS, S.L., LITOMEGA, S.L., INVESTIGACION Y EXPLOTACION DE GRANITOS, S.A., COMEGRA, S.L., ROPERPI, S.L., ANGEL HOLGUERA E HIJOS, S.L. y PEAL OBRA PUBLICA, S.A. a los que absuelvo de las pretensiones en su contra deducidas.

Se hace saber a las partes de su derecho para interponer contra esta resolución recurso de Suplicación ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que podrán anunciar al notificarle esta resolución o ante este Juzgado de lo Social en el plazo de cinco días a partir de su notificación, por comparecencia o por escrito, debiendo designar letrado. Y debiendo consignar la parte, en su caso, el depósito especial de 300 euros en la cuenta de este Juzgado: ES55.0049.3569.92.0005001274 del Banco Santander, debiendo poner en el campo concepto 3629.0000.36.0610.16.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a PEAL OBRA PUBLICA, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En VIGO, a catorce de marzo de dos mil diecisiete.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/9.886/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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