Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
31-03-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170331-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

143
Madrid número 15. Ejecución 102 de 2016, notificación a Quality Green Business, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 15 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 102/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ESTEFANIA GONZALEZ MORENO y D./Dña. SARA SIMON MARTINEZ frente a QUALITY GREEN BUSINESS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR la omision advertido en Decreto de fecha 3-1-17, consistente en que se aprueba el remate a favor de la empresa PODIUM 1900, S.L., quedando redactado en los siguientes términos:

SE APRUEBA EL REMATE de los bienes subastados vehículo matrícula 1125 GGL, SMART, modelo FORTWO, a favor de PODIUM 1.900, S.L. por la cantidad de 3.530 EUROS euros, requiriendo al rematante PODIUM 1.900, S.L., para que en el plazo de DIEZ DIAS consigne la diferencia entre lo depositado para tomar parte de la subasta (165,50 EUROS) y el precio del remate (3.530 euros), apercibiéndole que de no verificarlo perderá la cantidad depositada la cual podría ser aplicada a los fines de la ejecución.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este Decreto.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a QUALITY GREEN BUSINESS SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.947/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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