Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2017

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170313-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FRESNEDILLAS DE LA OLIVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Fresnedillas de la Oliva. Régimen económico. Ordenanzas tasas servicios municipales

El Pleno del Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de febrero de 2017, acordó la aprobación provisional de la aprobación y modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:

Primero.—Aprobar las siguientes nuevas ordenanzas reguladoras:

— Ordenanza número 24, ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de cementerios municipales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local.

— Ordenanza número 25, ordenanza reguladora de la tasa por utilización de locales y espacios públicos municipales para la celebración de bodas civiles.

Segundo.—Modificar la ordenanza de precio público:

— Ordenanza número 5, ordenanza reguladora del precio público por visita museo lunar y centro de interpretación de la naturaleza.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Fresnedillas de la Oliva, a 24 de febrero de 2017.—El alcalde, José Damián de la Peña Alonso.

(03/7.421/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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