Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170313-119

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

119
Madrid número 24. Procedimiento 673 de 2016, notificación a Climatización y Servicio de Asistencia Técnica, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LUCÍA BELTRÁN FERNÁNDEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 673/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ELUZAI PICAZO GARCIA frente a CLIMATIZACION Y SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

SENTENCIA

F A L L O

ESTIMO la demanda de despido formulada por don Eluzai Picazo García contra la mercantil contra la mercantil INGENIERIA Y TÉCNICAS ALIMENTARIAS, S.L., DECLARO la improcedencia del despido efectuado por la empresa, condenando a ésta a que readmita al trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnice con la cantidad de 1.444,66 euros, así como, en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 40,41 euros.

ESTIMO la demanda de cantidad formulada por don Eluzai Picazo García contra la mercantil contra la mercantil INGENIERIA Y TÉCNICAS ALIMENTARIAS, S.L., y CONDENO a ésta a abonar a aquel la cantidad de 456,30 euros en concepto de vacaciones y la de 684,85 euros en concepto de preaviso, con el recargo del artículo 29.3 LET.

AUTO

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en Sentencia de fecha 25/10/2016, rectificando el error material expresado, en los siguientes términos:

En el Fallo, DONDE DICE:

“ESTIMO la demanda de despido formulada por don Eluzai Picazo García contra la mercantil contra la mercantil INGENIERIA Y TÉCNICAS ALIMENTARIAS, S.L., DECLARO la improcedencia del despido efectuado por la empresa, condenando a ésta a que readmita al trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnice con la cantidad de 1.444,66 euros, así como, en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 40,41 euros.

ESTIMO la demanda de cantidad formulada por don Eluzai Picazo García contra la mercantil contra la mercantil INGENIERIA Y TÉCNICAS ALIMENTARIAS, S.L., y CONDENO a ésta a abonar a aquel la cantidad de 456,30 euros en concepto de vacaciones y la de 684,85 euros en concepto de preaviso, con el recargo del artículo 29.3 LET.”

DEBE DECIR:

“ESTIMO la demanda de despido formulada por don Eluzai Picazo García contra la mercantil contra la mercantil CLIMATIZACION Y SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA, S.L., DECLARO la improcedencia del despido efectuado por la empresa, condenando a ésta a que readmita al trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnice con la cantidad de 1.444,66 euros, así como, en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 40,41 euros.

ESTIMO la demanda de cantidad formulada por don Eluzai Picazo García contra la mercantil contra la mercantil CLIMATIZACION Y SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA, S.L., y CONDENO a ésta a abonar a aquel la cantidad de 456,30 euros en concepto de vacaciones y la de 684,85 euros en concepto de preaviso, con el recargo del artículo 29.3 LET.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CLIMATIZACION Y SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de febrero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.006/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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