Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170313-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

82
Madrid número 8. Procedimiento 617 de 2014, notificación a Distribución de Prensa por Rutas, S. L. U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. VICTORIA DELGADO ROBLEDO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 617/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LUIS MUIGUEL RUIZ SANTIDRIAN frente a COMERCIAL DE PRENSA SIGLO XXI, DIMA DISTRIBUCION INTEGRAL SL, DISTRIBUCION DE PRENSA POR RUTAS SLU y GELESA GESTION LOGISTICA SL sobre Modificación sustancial condiciones laborales se ha dictado la resolución: DECRETO DE DESISTIMIENTO de fecha 07 de Septiembre de 2016.

DECRETO cuya PARTE DISPOSITIVA es del tenor literal siguiente:

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. LUIS MUIGUEL RUIZ SANTIDRIAN de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2506-0000-69-0617-14.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DISTRIBUCION DE PRENSA POR RUTAS SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de febrero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.018/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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