Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-03-2017

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170308-17

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

17
RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2017, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifica la Resolución de 17 de noviembre de 2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público de los derechos mineros que se citan comprendidos en la Comunidad de Madrid.

Por Resolución de 17 de noviembre de 2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, se declararon francos los terrenos y se convocó concurso público de los derechos mineros relacionados en su Anexo I comprendidos en la Comunidad de Madrid.

Dado el carácter indivisible de la cuadrícula minera, de conformidad con el artículo 75.2 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y siguiendo el criterio establecido en el Reglamento General para el Régimen de la Minería en su artículo 71.3, que prevé que la Delegación en la que el permiso tenga mayor extensión tramite el expediente, se incluyó en la declaración de terreno franco a aquellas cuadrículas que, situadas entre más de una comunidad autónoma, su mayor superficie perteneciese a la Comunidad de Madrid.

No obstante, se ha tenido conocimiento del criterio establecido en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 21 de diciembre de 2001, que señala que la citada normativa es anterior a la configuración de las Comunidades Autónomas y a la asunción de competencias en materia de minería por las mismas, por lo que procede la modificación de la citada Resolución de 17 de noviembre de 2016.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Industria, Energía y Minas; el Decreto 193/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda; la Ley 22/1973, de Minas, de 21 de julio, y el Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado mediante Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto de 1978.

Segundo

El Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios y valoración definitiva de los servicios traspasados a la Comunidad de Madrid en materia de industria, energía y minas atribuye, en su apartado III d), el “Otorgamiento de los permisos de exploración de investigación y de las concesiones de explotación de recursos de la sección C de la repetida Ley de 21 de julio de 1973, y de la sección D establecida en la Ley 54/1980, de 5 de noviembre, solicitados en terrenos situados totalmente dentro de su territorio”.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus competencias,

RESUELVE

Primero

Modificación de la Resolución de 17 de noviembre de 2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público de los derechos mineros que se citan comprendidos en la Comunidad de Madrid

La Resolución de 17 de noviembre de 2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público de los derechos mineros que se citan comprendidos en la Comunidad de Madrid, queda modificada como sigue:

Uno. El primer párrafo del punto resolutivo primero queda redactado del siguiente modo:

“Declarar francos los terrenos y convocar concurso público de los derechos mineros relacionados en el Anexo I, comprendidos en la Comunidad de Madrid, con expresión del número de registro, nombre, sección, tipo de recurso, términos municipales, superficie otorgada y superficie franca, y cuya delimitación geográfica puede consultarse en la sede de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14 (Edificio F4), 28016 Madrid, en horario de oficinas”.

Dos. El décimo párrafo del apartado 2 del punto resolutivo segundo queda redactado del siguiente modo:

“Designación del terreno que se pretende, que podrá ser la totalidad del derecho minero caducado consignado en el Anexo I o una parte del mismo, mediante cuadrículas mineras, con el mínimo de una cuadrícula minera, referidas al meridiano de Greenwich (Sistema Geodésico ETRS89). En todo caso, las cuadrículas deben estar comprendidas en su totalidad en la Comunidad de Madrid”.

Tres. El párrafo e) del apartado 2, punto resolutivo segundo, queda redactado del siguiente modo:

“Resguardo acreditativo de la constitución ante la Caja de Depósitos de la Comunidad de Madrid de la fianza provisional, correspondiente al abono del 10 por 100 de la tasa establecida sobre la superficie declarada franca, ajustándose a la tarifa que corresponde al otorgamiento de permisos de investigación (epígrafes 910.64.1 y 910.64.2), de conformidad con el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo a los importes actualizados por las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, a disposición de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.

En el caso de que la superficie declarada franca se exprese en hectáreas, se considerará a los efectos de cálculo de esta fianza provisional que 30 hectáreas equivalen a una cuadrícula minera, además solo se tendrán en cuenta las cuadriculas completas”.

Cuatro. En el Anexo I Relación de los derechos mineros, deben eliminarse los derechos cuyo número de registro es: 2849-022, 3049-020 y 3309-010.

Cinco. La superficie franca recogida en el citado Anexo I de los derechos mineros que se relacionan queda modificada del siguiente modo: Para el número 2597: 1.269 ha; para el número 2763-120: 61 cm (Meridiano Madrid); para el número 2849-020: 59 cm; para el número 2863-010: 4 cm; para el número 2959-010: 58 cm; para el número 3044-010: 57 cm; para el número 3046-010: 24 cm; para el número 3049-010: 121 cm; para el número 3061-010: 32 cm; para el número 3313-010: 24 cm; para el número 3335-010: 3 cm; para el número 3443-010: 13 cm; para el número 3472-010: 21 cm (Meridiano Madrid); para el número 3473-010: 25 cm completas y 13 incompletas (Meridiano Madrid); para el número 3473-011: 14 cm.

Segundo

Nuevo plazo de presentación de ofertas

Se abre de nuevo el plazo de presentación de las ofertas previsto en las condiciones del concurso, a contar desde el día siguiente de la última publicación de la presente Resolución, sea en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el “Boletín Oficial del Estado”.

Tercero

Solicitudes presentadas

Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido en virtud de la Resolución de 17 de noviembre de 2016 que no resulten afectadas por la presente Resolución se consideran plenamente válidas.

Cuarto

Desistimiento de solicitudes

Los solicitantes que hubiesen presentado su solicitud antes de la publicación de la presente Resolución podrán desistir de estas, procediéndose a liberar la fianza provisional que hubiesen constituido.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación, ante la excelentísima señora Consejera de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 24 de febrero de 2017.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Francisco Javier Abajo Dávila.

(01/7.956/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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