Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
24-02-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170224-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

139
Madrid número 8. Procedimiento 578 de 2016, notificación a Plasymol, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 578/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN ANTONIO GARCIA ROJAS y D./Dña. JUAN ANTONIO GARCIA ROJAS frente a PASYMOL SL, y D./Dña. FRANCISCO JAVIER CABRERA MOLINA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

En Madrid, a treinta de enero de dos mil diecisiete.

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 30/01/2017, en los términos siguientes:

La Administración Concursal reconoce a D./Dña. JUAN ANTONIO GARCIA ROJAS las cantidades que se recogen en la certificación y en el desglose que se adjuntan y el trabajador manifiesta su conformidad con las mismas.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2506-0000-00-0578-16.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PLASYMOL S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.132/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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