Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
17-02-2017

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170217-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

13
ORDEN 103/2017, de 20 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la implantación del Grado en Gestión de Seguridad Pública en el Centro Universitario de la Guardia Civil, adscrito a la Universidad Carlos III de Madrid.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 8.2 que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial en las universidades públicas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

Por otro lado, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en su redacción vigente, regula la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales y establece las directrices, condiciones y procedimiento de verificación y acreditación que deberán superar sus planes de estudio. Asimismo, la disposición adicional primera del citado Real Decreto establece que la implantación por las universidades de los planes de estudio conducentes a la obtención de los títulos de Grado podrá realizarse de manera simultánea, para uno o varios cursos, o progresiva, de acuerdo con la temporalidad prevista.

La Universidad Carlos III de Madrid solicita la autorización de implantación de las enseñanzas de Grado en Gestión de Seguridad Pública en el centro adscrito Centro Universitario de la Guardia Civil (Aranjuez) para el curso 2017-2018, una vez verificadas favorablemente por el Consejo de Universidades.

El Centro Universitario de la Guardia Civil, cuya titularidad corresponde al Ministerio del Interior, ejercida a través de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, se adscribió a la Universidad Carlos III de Madrid, mediante la Orden 4682/2011, de 25 de octubre, para impartir enseñanzas universitarias dirigidas a los aspirantes a oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, en virtud de la Ley 39/2007, de la Carrera Militar.

Dada la especificidad de la formación militar y los destinatarios a los que van dirigidas estas enseñanzas de Grado en Gestión de Seguridad Pública, se hace necesario agilizar los trámites para su autorización por parte de la Comunidad de Madrid, en orden a que de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, pueda procederse a la publicación del carácter oficial del título en el “Boletín Oficial del Estado”, así como al cumplimiento de los requisitos de acceso al mismo, establecidos en la memoria verificada favorablemente y en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.

La propuesta ha sido informada por la Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión celebrada con fecha 11 de enero de 2017.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Universidades e Investigación, en ejercicio de las facultades atribuidas por Decreto 100/2016, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,

DISPONGO

Primero

Acordar la implantación a solicitud de la Universidad Carlos III de Madrid del Grado en Gestión de Seguridad Pública en el centro adscrito Centro Universitario de la Guardia Civil (Aranjuez), una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

La implantación de las citadas enseñanzas tendrá lugar a partir del curso 2017-2018 con el siguiente calendario:



Segundo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Juventud y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 20 de enero de 2017.

El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/4.931/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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