Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
17-02-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170217-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 98

80
Madrid número 98. Procedimiento 81 de 2015, notificación a Castellano-Catalana de Hostelería, S. L.

EDICTO

Doña Carmen Alesanco Retana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 98.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 81 de 2015, instados por el procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Makro Autoservicio Mayorísta, Sociedad Anónima”, contra “Castellano-Catalana de Hostelería, Sociedad Limitada”, en reclamación, en los que se ha dictado en fecha 5 de julio de 2016 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por “Makro Autoservicio Mayorísta, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor Melchor Oruña, contra “Castellano-Catalana de Hostelería, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a pagar al actor la suma de 7.242,24 euros, más el interés legal determinado en el fundamento jurídico segundo de esta resolución, y todo ello con condena en costas del demandado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 5060-0000-04-0081-15 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 98 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 5060-0000-04-0081-15.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Castellano-Catalana de Hostelería, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 19 de enero de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.781/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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