Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170214-42

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdilecha. Régimen económico. Presupuesto general 2017

Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Valdilecha para el ejercicio 2017, al no haberse presentado alegaciones durante el período de exposición pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica resumen por capítulos, así como la plantilla de personal:









PLANTILLA DE PERSONAL 2017

Plazas

A) Personal funcionario:

1. Con habilitación nacional:

—  Secretario-Interventor: 1.

2. Escala Administración General:

—  Subescala Administrativa: 4.

3. Escala Administración Especial:

Subescala Servicios Especiales:

—  Cabo: 1.

—  Agentes Policía Local: 7.

Total: 13.

B) Personal laboral:

— Alguacil: 1.

— Conserje: 1.

— Auxiliar administrativo: 1.

— Auxiliar de biblioteca: 1.

— Educadoras: 4.

— Encargado: 1.

— Oficial de mantenimiento: 1.

— Auxiliar servicios generales: 3.

— Ayudante de mantenimiento: 2.

— Conserje pabellón deportivo: 1.

— Agente de Empleo y Desarrollo Local: 1.

Total: 17.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valdilecha, a 31 de enero de 2017.—El alcalde, José Javier López.

(03/3.726/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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