Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2017

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170209-24

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 116/2017, de 20 de enero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se deja sin efecto la subvención concedida al Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, para la realización de actividades taurinas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en la base undécima de la Orden 746bis/2010, de 21 de abril, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 21 de mayo de 2010), por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para realizar actuaciones dirigidas al apoyo y fomento de las actividades taurinas, y el apartado segundo de la Orden 3534/2016, de 26 de octubre, de Concesión de las Subvenciones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 264, de 3 de noviembre de 2016).

Y de acuerdo con lo establecido en el artículo 89 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

DISPONGO

Primero

Revocación de la subvención

Dejar sin efecto la subvención concedida al Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra por importe de 1.151,93 euros, por no aportar, en el plazo establecido, el certificado de haber cumplido con la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el apartado segundo, 5, de la Orden 3534/2016, de 26 de octubre, de Concesión de las Subvenciones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 264, de 3 de noviembre de 2016).

Segundo

Recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de enero de 2017.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, PD (Orden 2199/2015, de 20 de octubre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 2015), el Director-Gerente del Centro de Asuntos Taurinos, Manuel Ángel Fernández Mateo.

(03/3.138/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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