Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170208-160

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

160
Madrid número 32. Ejecución 309 de 2016, notificación a Soláfrica, S. A., y Mariano Tomás Fuentes Álvaro

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE FRANCISCO RAMOS ALONSO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 309/2016 E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA BEGOÑA REDONDO PEREZ frente a SOLAFRICA SA y D./Dña. MARIANO TOMAS FUENTES ALVARO sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a doce de enero de dos mil diecisiete.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNICO.- En el presente procedimiento se ha observado que en el día de la fecha se ha celebrado comparecencia para incidente de ejecución sin que constara debidamente citado D. MARIANO TOMAS FUENTES ALVARO al haber sido devuelto sobre en el que constaba la citación para dicha comparecencia y en el que figura “Sobrante”.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.- Conforme a lo previsto en el artículo 240 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuando no sea posible la subsanación y sin perjuicio de los recursos que puedan interponer las partes, el Juez o Tribunal podrá, de oficio o a instancia de parte, antes de que haya recaído sentencia definitiva, o en las fases posteriores respecto de lo actuado en ellas y antes de que hubiere recaído resolución que ponga fin al proceso, declarar, previa audiencia de las partes, la nulidad de todas las actuaciones o de alguna en particular.

SEGUNDO.- En virtud de lo dispuesto en el art. 238.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) son nulos de pleno derecho los actos judiciales, “cuando se prescinda de normas esenciales de procedimiento, siempre que por esa causa haya podido producirse indefensión”, y en todo caso (artículo 225,6 LEC) cuando se resuelvan mediante diligencias de ordenación o decreto cuestiones que, conforme a la Ley, hayan de ser resueltas por medio de providencia auto o sentencia

TERCERO.- En el presente caso dado que se ha celebrado comparecencia sin que el ejecutado D. MARIANO TOMAS FUENTES ALVARO conste debidamente citado, procede declarar la nulidad de la comparecencia celebrada el día 12/1/2017, señalándose nueva fecha para su celebración.

PARTE DISPOSITIVA

Se declara la nulidad de la comparecencia celebrada el día 12/1/2017, señalándose el próximo día 24/2/2017 a las 11:50 horas para su celebración, citándose debidamente a las partes. Procédase a efectuar averiguación domiciliaria del ejecutado D. MARIANO TOMAS FUENTES ALVARO a través del punto neutro judicial.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2805-0000-64-0309-16.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. Mª LUISA GIL MEANA.

EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S..Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. MARIANO TOMAS FUENTES ALVARO y SOLAFRICA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.726/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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