Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2017

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170117-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

URBANISMO

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Fuente el Saz de Jarama. Urbanismo. Proyecto reparcelación

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada con fecha 23 de noviembre de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“Punto número 5.—Resolución de alegaciones y aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación SAU-2 de Fuente el Saz de Jarama.

1.o) Desestimar las alegaciones formuladas por doña Isabel Patricia Cao Daganzo, R. E. número 2675, de fecha 18 de mayo de 2016, presentada en el Registro Auxiliar de la Comunidad de Madrid en Pozuelo de Alarcón con fecha 14 de mayo de 2013, por los motivos y en los términos que se señalan en el informe jurídico de fecha 18 de noviembre de 2016 que obra en el expediente y de los que se dará traslado a la interesada al practicar la oportuna notificación.

2.o) Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelacion del SAU-2 del término municipal de Fuente el Saz de Jarama (Madrid).

3.o) Que por la propiedad se proceda a elevar a escritura pública el Proyecto de Reparcelación o por este Ayuntamiento se expida documento con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de sus acuerdos de conformidad con lo preceptuado en los artículos 113 y 174 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

4.o) Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de edictos del Ayuntamiento y en uno de los periódicos de mayor circulación en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

5.o) Notificar el presente acuerdo a la Junta de Compensación, a los propietarios, a la Dirección General del Suelo de la Comunidad de Madrid y al Área de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

6.o) Notificar el presente acuerdo de forma individual a la alegante”.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Fuente el Saz de Jarama, a 16 de diciembre de 2016.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(02/44.587/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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