Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170111-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 3

148
Córdoba número 3. Procedimiento 1.063 de 2014, notificación a Pagos Minería y otros

EDICTO

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Córdoba.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento ordinario número 1.063 de 2014, sobre derecho y cantidad, a instancias de don Juan Carlos Fernández Sánchez, contra “Pagos Minería”, “Cajastur”, “Ibercaja”, “Caixanova”, “Caja España y Gesinca, UTE”, “Entidad Gestora Minera, Sociedad Limitada”, y Ministerio de Industria, en la que con fecha 2 de diciembre de 2016, se ha dictado sentencia, cuya resolución es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Juan Carlos Fernández Sánchez, frente a “Entidad Gestora Minera, Sociedad Limitada”, Ministerio de Industria y “Pagos Minería”, “Cajasur”, “Ibercaja”, “Caixanova”, “Caja España y Gesinca, UTE”, absuelvo a las codemandadas de las pretensiones formuladas frente a ellas.

Notifíquese esta sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado.

En la interposición del recurso y en aplicación de la sentencia del Tribunal Constitucional 140 de 2016 en relación con la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, no procede la exigencia de tasa judicial hasta tanto no se regule, en su caso, la nueva cuota tributaria correspondiente.

Así por esta mi sentencia, cuyo original se archivará en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Pagos Minería”, “Cajastur”, “Ibercaja”, “Caixanova” y “Caja España y Gesinca, UTE”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba.—La letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

(03/44.568/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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