Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170103-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

121
Madrid número 14. Ejecución 255 de 2016, notificación a Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 255 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Islena Ramírez Calvo y don Silas Roberto Coutinho Queiroz, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Silas Roberto Coutinho Queiroz y doña María Islena Ramírez Calvo, frente a la demandada “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 8.857,00 euros, desglosados de la siguiente forma:

Para don Silas Roberto Coutinho Queiroz el importe de 4.450,25 euros en concepto de cantidad reclamada, más 383,13 euros en concepto de interés por mora, lo que hace un subtotal de 4.833,38 euros.

Para doña María Islena Ramírez Calvo el importe de 3.704,68 euros en concepto de cantidad reclamada, más 318,94 euros en concepto de interés por mora, lo que hace un subtotal de 4.023,62 euros.

Más 1.771,40 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/43.548/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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