Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 315

Fecha del Boletín 
31-12-2016

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161231-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

36
San Fernando de Henares. Régimen económico. Ordenanza incremento terrenos valor urbana

Doña Macarena Medel Llorente, concejala-delegada de Hacienda del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 29 de diciembre de 2016, adoptó, entre otros, acuerdo de aprobación provisional de las modificaciones a las siguientes ordenanzas fiscales para el ejercicio 2017, con dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Especial de Cuentas:

Aprobación provisional de la propuesta de modificación de la ordenanza 19, ordenanza fiscal del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

— Se modifica el tipo impositivo del artículo 14.1 que queda como sigue:

1. El tipo de gravamen del impuesto será el 24 por 100, estableciéndose una cuota mínima de 21,36 euros.

Dicho acuerdo, junto con la redacción de las ordenanzas afectadas, permanecerá expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el plazo de treinta días desde el día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el supuesto de no presentarse reclamación alguna, se considerarán definitivamente aprobadas, a tenor de lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

San Fernando de Henares, a 29 de diciembre de 2016.—La concejala-delegada de Hacienda, Macarena Medel Llorente.

(03/45.638/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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