Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
16-12-2016

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161216-15

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

15
RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2016, del Director General de Administración Local, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se hace pública la convocatoria del Programa de Formación para el personal y cargos electivos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid y para el personal de otras Administraciones Públicas que, por sus cometidos, se relacione directamente con los contenidos de las acciones formativas propuestas, correspondiente al primer semestre de 2017 y se valoran los cursos a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

La Dirección General de Administración Local, de acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 7.1.b).8, del Decreto 194/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, convoca las siguientes actividades formativas para personal y cargos electivos de las Corporaciones Locales, y para personal de otras Administraciones que, por sus cometidos, esté relacionado con el ámbito local:

A. Cursos de formación dirigidos al personal perteneciente a los subgrupos A1 y A2, y personal laboral de los grupos I y II.

B. Cursos de formación dirigidos al personal perteneciente a los subgrupos C1 y C2, y personal laboral de los grupos III y IV.

C. Cursos dirigidos a todos los grupos.

D. Cursos virtuales.

Las características de cada Curso se detallan en el Anexo I. Todos se desarrollarán con arreglo a las siguientes

BASES

Primera

Requisitos de los participantes

En virtud de los perfiles requeridos por razón de la pertenencia a determinados subgrupos o categorías profesionales, podrá solicitar la asistencia a las actividades formativas el personal y cargos electivos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de la participación de otros empleados públicos adscritos a la Administración de la Comunidad, a otras Comunidades Autónomas o a la Administración General del Estado, cuya actividad se relacione directamente con los contenidos de las acciones formativas propuestas.

Segunda

Solicitudes de inscripción

Las solicitudes de inscripción se formalizarán con arreglo al modelo “Solicitud de inscripción en los cursos de formación para el personal de las Corporaciones Locales y de otras Administraciones Públicas” para el personal al servicio de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid y para el personal de otras Administraciones Públicas, o al modelo “Solicitud de inscripción en los cursos de formación para cargos electivos de los municipios de la Comunidad de Madrid”.

La presentación de solicitudes se realizará de forma telemática, a través de ORVE o mail. Puede accederse a los formularios de solicitud en la web www.madrid.org, siguiendo la ruta:

Gobierno Regional/Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio/Servicios y Trámites/Ofertas de formación/D.G. de Administración Local/solicitud impresos.

La matrícula será gratuita, no existiendo límite de cursos solicitados. En caso de solicitar más de cinco cursos, deberán rellenarse y enviarse dos formularios.

La selección de los participantes se realizará atendiendo a los siguientes criterios: número de cursos anteriormente realizados, preferencia otorgada al curso por el solicitante, no finalización de cursos previos para los que fuera seleccionado, adecuación del perfil del solicitante a las características del curso y fecha de presentación de las solicitudes.

Los participantes en el curso para el que hayan sido seleccionados deberán confirmar su asistencia o renuncia, antes de su inicio, a la Unidad de Formación de la Dirección General de Administración Local. La incomparecencia a un curso sin aviso ni causa justificada podrá motivar la exclusión del alumno seleccionado del resto de las acciones formativas que se celebren durante el año.

Se establecerán en todos los cursos plazas de reserva para cubrir posibles bajas que se pudieran producir antes del inicio del curso.

Los solicitantes de cursos en formato virtual deberán disponer de una infraestructura informática que, al menos, cumpla los requisitos técnicos siguientes:

— PC con conexión a Internet.

— Navegador de Internet: Explorer 8.0 o superiores, Firefox 15 o superiores.

— Adobe Flash Player.

— Adobe Acrobat Reader.

Todos aquellos que hayan sido seleccionados y que no se conecten a la plataforma digital durante la primera semana del curso, sin previo aviso ni justificación, serán excluidos de la actividad formativa y sustituidos por otras personas que se encuentren en la lista de espera para poder participar en el curso. La falta de conexión durante la primera semana también podrá determinar la exclusión en selecciones posteriores.

Asimismo, podrán ser excluidos de los cursos virtuales todos aquellos que incumplan reiteradamente el plan de trabajo establecido por los tutores o que no se conecten con regularidad a la plataforma.

Tercera

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de esta Convocatoria. Se podrá proceder a la apertura de un nuevo plazo de presentación para aquellos cursos que se encontraran pendientes de realización y respecto de los cuales queden plazas vacantes.

Cuarta

Fecha de impartición, horario, sede y duración

Las fechas, horarios, duración y sede de celebración de los cursos se indicarán individualizadamente para cada acción formativa en la convocatoria de los alumnos seleccionados.

Quinta

Certificado de asistencia

El alumno deberá asistir a la totalidad de las horas lectivas de las que consta el curso. También se podrá obtener el certificado si se produce solo una de las siguientes situaciones, no siendo acumulables:

1) Asistir a un mínimo del 90 por 100 de horas lectivas.

2) No asistir a una sesión, siempre que se justifique debidamente en un plazo máximo de cinco días hábiles una vez finalizado el curso.

Sexta

Cifra mínima de alumnos y modificaciones de las acciones formativas

La Dirección General de Administración Local se reserva la facultad de suspender o aplazar el desarrollo de una acción formativa cuando el número de alumnos convocados el día hábil inmediatamente anterior al inicio del curso sea inferior a la mitad de las plazas disponibles. Asimismo, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en atención a la demanda registrada, por razones de eficacia o calidad, podrá modificar el número de acciones formativas, su duración, contenido, destinatarios y demás características.

Séptima

La Dirección General de Administración Local podrá convocar nuevas acciones formativas, con distintos formatos y duración, atendiendo a novedades legislativas, nuevos procesos administrativos o aspectos susceptibles de mejora en la calidad de los servicios públicos de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid.

Octava

Se establece la valoración de los cursos convocados de acuerdo con los criterios de reconocimiento y valoración de los Cursos de Formación y Perfeccionamiento a los efectos del baremo de méritos generales para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, adoptados por Resolución de esta Dirección General de fecha 5 de diciembre de 1994 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 298, de 16 de diciembre) y de acuerdo también con la Resolución de 1 de abril de 1996 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 91, de 17 de abril), por la que se regulan los méritos de determinación autonómica de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.



Novena

Información Adicional

Se podrá solicitar información adicional en los teléfonos 912 767 657, 912 767 646, 912 767 658, 912 767 642 y 912 767 643. Fax: 912 767 630.

Madrid, a 1 de diciembre de 2016.—El Director General de Administración Local, Juan Ignacio Merino de Mesa.







(03/42.863/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161216-15